Art. 6
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

6 / 62
En vigor desde 5 mar 1991
Dependiente de la Agencia de Medio Ambiente, con carácter administrativo, se crea en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de fauna y flora silvestres, que se instrumentará reglamentariamente y que en todo caso incluirá las especies protegidas por el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-md/l/1991/02/14/2#art-6