Art. 1
Capítulo CAPÍTULO PRIMERO

Art. 1

1 / 41
En vigor desde 20 jun 1990
Es objeto de esta Ley garantizar la promoción, protección y conservación de la salud escolar en todos sus aspectos, mediante la ejecución de un plan de programas sanitarios y la provisión de los recursos suficientes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/1990/04/26/2#art-1