Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPITULO VI

Art. Disposición final tercera

62 / 62
En vigor desde 7 jul 1989
En lo no previsto por esta Ley, será de aplicación lo dispuesto en la legislación del Estado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/1989/06/06/2#disposicion-final-tercera