Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO lll
Art. Disposición final segunda
46 / 46En vigor desde 13 mar 1987
En todo lo no expresamente previsto por esta Ley serán aplicables las normas contenidas en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, con las adaptaciones y modificaciones derivadas del carácter y ámbito de la consulta electoral.
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Proeli/es-mc/l/1987/02/24/2#disposicion-final-segunda