Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 1
1 / 46En vigor desde 13 mar 1987
Las elecciones a la Asamblea Regional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se regirán por lo establecido en la presente Ley en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Estatuto de Autonomía.
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Proeli/es-mc/l/1987/02/24/2#art-1