Art. 43
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VIII

Art. 43

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En vigor desde 26 mar 1991
Los apoderados tienen derecho a acceder libremente a los locales electorales, a examinar el desarrollo de las operaciones de voto o de escrutinio y a formular reclamaciones y protestas, así como a recibir copias de las actas previstas en la legislación electoral cuando no hayan sido expedidas a otro apoderado o interventor de su misma candidatura. Se modifica por el .6 de la Ley 2/1991, de 21 de marzo. Ref. DOE-e-1991-90005 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/1987/03/16/2#art-43