Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 33
36 / 51En vigor desde 19 feb 1987
El Presidente de la Junta Electoral de Aragón remitirá a las Cortes la lista de los Diputados proclamados electos en las circunscripciones electorales de la Comunidad Autónoma.
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Proeli/es-ar/l/1987/02/16/2#art-33