Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección segunda. Aplazamiento y fraccionamiento del pago

Art. Disposición adicional segunda

83 / 90
En vigor desde 12 jun 2010
Las referencias que contiene la presente ley a los ascendientes y a los descendientes se aplican indistintamente, y con los mismos efectos, a los que lo son por naturaleza y a los que lo son por adopción.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2010/06/07/19#disposicion-adicional-segunda