Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 1 dic 2006
Las determinaciones de esta ley tienen que interpretarse con especial atención a la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Illes Balears, en lo que concierne al régimen general de protección de bienes integrantes del patrimonio cultural, bienes de interés cultural y bienes catalogados.
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