Título TÍTULO I
Art. 1
1 / 74En vigor desde 1 dic 2006
Constituyen el objeto de esta ley:
a) El establecimiento de las bases y las estructuras fundamentales necesarias para la planificación, la creación, la organización, el funcionamiento y la coordinación del Sistema Bibliotecario de las Illes Balears.
b) La ordenación del Sistema Bibliotecario dirigido por los principios de coordinación y de colaboración entre los centros bibliotecarios y las instituciones que son titulares.
c) El establecimiento de un marco normativo adecuado para la creación, el reconocimiento, la gestión y la integración en un sistema común de las bibliotecas y de los centros de documentación establecidos en las Illes Balears.
d) La consecución de un sistema gratuito de lectura pública que garantice el derecho de todos los ciudadanos a acceder en condiciones de igualdad a la lectura y a la información públicas en el marco de la sociedad del conocimiento y de las nuevas tecnologías.
e) La protección, la conservación, el enriquecimiento, el fomento, la investigación y la difusión del patrimonio bibliográfico de las Illes Balears.
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Proeli/es-ib/l/2006/11/23/19#art-1