Art. Disposición adicional quinta
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 6 jul 2003
Se añade una nueva disposición adicional decimotercera a la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, que quedará redactada en los siguientes términos: «Disposición adicional decimotercera. El Gobierno elaborará y aprobará en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de esta ley el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.»
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