Art. Disposición transitoria sexta

Art. Disposición transitoria sexta

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En vigor desde 16 abr 2003
Se autoriza al Gobierno a la aprobación de las actuaciones previstas en el Plan de Vivienda de Canarias 2002-2005, remitido al Parlamento para sus dos primeros años de vigencia, sin perjuicio del pronunciamiento que proceda para los años restantes.
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