Art. Directriz 70
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO V

Art. Directriz 70

Derogado91 / 198
En vigor desde 25 ene 2015
1. El planeamiento urbanístico evitará, en los sectores con destino residencial, la zonificación funcional y procurará la implantación de modelos urbanos que propicien el incremento de la complejidad social y la mezcla de usos compatibles dentro del tejido urbano. 2. Cuando no se utilicen tipologías tradicionales de manzana cerrada, se procurará la mezcla de tipologías edificatorias, con destino a segmentos de población con diferente capacidad económica, utilizando para ello, en su caso, la calificación con destino a viviendas sometidas a algún régimen de protección. Se modifica el carácter de la directriz por la disposición adicional 6 de la Ley 14/2014, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1116#dasexta .

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eli/es-cn/l/2003/04/14/19#directriz-70