Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Directriz 25
Derogado46 / 198En vigor desde 16 abr 2003
Las intervenciones en materia de aguas perseguirán el ahorro del consumo, la preservación de la calidad de los recursos, el adecuado tratamiento y reutilización de las aguas residuales, el correcto vertido de los efluentes resultantes y la integración de los criterios ambientales en las actuaciones y planes que se lleven a cabo.
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Proeli/es-cn/l/2003/04/14/19#directriz-25