Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. Directriz 119
Derogado140 / 198En vigor desde 16 abr 2003
1. Las Directrices de Ordenación sectorial que se formulen tendrán entre sus objetivos establecer criterios para la adopción de medidas territoriales que permitan o faciliten la implantación de actividades, teniendo como uno de sus objetivos básicos el crecimiento del empleo en todas las islas, contribuyendo a la ocupación de quienes residen en ellas, mediante la aplicación, entre otras, de las medidas establecidas en el Plan Estratégico de Empleo de Canarias o instrumento equivalente.
2. Los Planes Insulares prestarán una particular atención a las determinaciones que faciliten la implantación de actividades productivas en el ámbito insular, y especialmente en las zonas más precisadas o idóneas para ello, conforme al modelo territorial insular desarrollado.
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Proeli/es-cn/l/2003/04/14/19#directriz-119