Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. Directriz 11
Derogado32 / 198En vigor desde 16 abr 2003
1. Las evaluaciones de impacto ambiental y las evaluaciones ambientales estratégicas, constituyen instrumentos necesarios para garantizar la correcta aplicación de las presentes Directrices, en los casos que disponga la normativa correspondiente.
2. El Sistema de Información Territorial planteado en las presentes Directrices como un instrumento básico para su adecuado desarrollo y evaluación, realizará un seguimiento específico de las variables ambientales más significativas.
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Proeli/es-cn/l/2003/04/14/19#directriz-11