Art. Disposición adicional sexta
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 11 dic 2001
El Gobierno de Aragón atribuirá al Instituto Aragonés de la Juventud las funciones en materia de juventud ejercidas por entidades adscritas a la Dirección General de Juventud y Deporte del Departamento de Cultura y Turismo.
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