Art. Disposición transitoria tercera
6 / 8En vigor desde 12 dic 1997
La asamblea constituyente del Colegio Profesional de Podólogos del País Vasco deberá:
a) Elaborar y aprobar los estatutos definitivos del Colegio.
b) Elegir a los miembros de sus órganos colegiales de gobierno.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-pv/l/1997/11/21/19#disposicion-transitoria-tercera