Art. Disposición transitoria séptima
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria séptima

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En vigor desde 7 nov 2018
El incremento hasta el 50 por ciento de la reducción en la tarifa de los servicios regulares del transporte de viajeros de los trayectos marítimos interinsulares contemplado en el artículo 6.1.a) se aplicará a partir de 2018. Se añade por el .44 de la Ley 8/2018, de 5 de noviembre. Ref. BOE-A-2018-15139#au

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eli/es/l/1994/07/06/19#disposicion-transitoria-septima