Art. Artículo ciento uno
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO XV

Art. Artículo ciento uno

102 / 174
En vigor desde 1 ene 1986
Los plazas para el ejercicio de las acciones de regreso se determinan para todos los firmantes por la Ley del lugar en que se emitió la letra.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1985/07/16/19#articulo-ciento-uno