Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO XI
Art. Artículo ciento sesenta y cinco
166 / 174En vigor desde 1 ene 1986
Los efectos de las obligaciones derivadas del cheque se rigen por la Ley del país en que estas obligaciones hubieren sido suscritas.
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Proeli/es/l/1985/07/16/19#articulo-ciento-sesenta-y-cinco