Art. Disposición final sexta
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final sexta

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En vigor desde 20 ene 2021
Las actualizaciones del anexo pueden ser aprobadas por orden del consejero del departamento competente en materia de empresa, previa audiencia de la Comisión para la Facilitación de la Actividad Económica a que se refiere el artículo 21.
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