Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final primera
74 / 80En vigor desde 20 ene 2021
El Gobierno debe desarrollar por reglamento el proceso de ordenación de los proyectos de reindustrialización que, desde la anticipación y la capacidad preventiva, deben contribuir a la transición hacia un nuevo modelo industrial de mayor valor añadido y garantizar un impacto positivo en el ámbito económico, social y territorial.
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Proeli/es-ct/l/2020/12/28/18#disposicion-final-primera