Art. Disposición final quinta
Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final quinta

102 / 104
En vigor desde 4 ago 2017
La presente ley se promulga de acuerdo con las competencias exclusivas en materia de comercio interior, ferias y artesanía que establecen los artículos 121 y 139.3 del Estatuto de autonomía de Cataluña.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2017/08/01/18#disposicion-final-quinta