Art. Disposición final primera
Título TÍTULO ÚNICO

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 30 dic 2015
Se añade al artículo 15 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, un apartado 5 con el siguiente contenido: «5. Los sujetos comprendidos dentro del artículo 2 a), d) y e) publicarán información sobre sus cuentas bancarias.»
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