Título TÍTULO V
Art. Disposición transitoria décima
162 / 170En vigor desde 17 oct 2014
Hasta la adopción de la orden del titular del Ministerio de Fomento de clasificación de aeropuertos prevista en el artículo 32, las tarifas aeroportuarias de Aena, S.A., se aplicarán conforme a la clasificación prevista en el artículo 73 de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
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Proeli/es/l/2014/10/15/18#disposicion-transitoria-decima