Art. 87
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 87

87 / 170
En vigor desde 17 oct 2014
El presente capítulo tiene por objeto regular el régimen general del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en España y el procedimiento de atención a los beneficiarios del mismo. Asimismo, se establecen nuevas medidas de apoyo a la formación y a la contratación para el colectivo de jóvenes no ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2014/10/15/18#art-87