Art. Disposición adicional sexta

Art. Disposición adicional sexta

7 / 18
En vigor desde 24 may 2010
En el plazo de un año el Gobierno revisará la normativa vigente que regula la señalización vial vertical para adaptar sus dimensiones mínimas a la intensidad actual del tráfico y al incremento en la edad media de los conductores.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2009/11/23/18#disposicion-adicional-sexta