Título TÍTULO V
Art. Disposición final segunda
93 / 96En vigor desde 31 oct 2009
Se modifica el apartado 3 del artículo 62 de la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña, que queda redactado del siguiente modo:
«3. El Plan de salud de Cataluña tiene un periodo de vigencia de cinco años.»
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Proeli/es-ct/l/2009/10/22/18#disposicion-final-segunda