Art. 29
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección primera. Disposiciones generales

Art. 29

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En vigor desde 9 abr 2008
El fomento de la conservación, rehabilitación y gran rehabilitación del patrimonio inmobiliario residencial es objeto de la actuación prioritaria de la Generalidad y los entes locales para garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada.
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eli/es-ct/l/2007/12/28/18#art-29