Art. 25
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. 25

25 / 47
En vigor desde 15 ene 2008
Tanto el patrimonio de la RTVA como el de sus sociedades tienen la consideración de dominio público por ser patrimonio afecto a un servicio público, y gozarán de exenciones en el orden tributario, de acuerdo con la legalidad vigente que resulte de aplicación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2007/12/17/18#art-25