Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 15 ene 2008
La presente Ley tiene por objeto regular la gestión directa para la prestación del servicio público esencial de radio y televisión perteneciente a la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través de la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía y de sus sociedades filiales.
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