Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO VI

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 16 ene 2004
1. La presente Ley entra en vigor a los seis meses de su publicación. 2. Los títulos III y IV y los artículos 11 a 13, 32 a 36, 39, 41, 42 y 44 se aplican en función de lo establecido por las leyes de presupuestos, las disposiciones reglamentarias que desarrollan dichos títulos y artículos, y los convenios, planes o programas que se aprueben.
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