Art. 27
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 27

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En vigor desde 16 ene 2004
El Gobierno debe promover el reconocimiento público como empresa familiarmente responsable para las empresas que adopten medidas para la conciliación de la vida familiar y la vida social de sus trabajadores. Con esta finalidad, el Gobierno debe crear una certificación de empresa familiarmente responsable, para cuya obtención se dispone del apoyo y asesoramiento del Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña.
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