Art. 18
Título TÍTULO III

Art. 18

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En vigor desde 16 ene 2004
Las medidas de apoyo fiscal que establecen los artículos 19, 20 y 21 van destinadas a familias con cargas económicas familiares. A la hora de aplicarlas deben tenerse en cuenta el número de miembros de la familia; la edad de los hijos; el nivel de ingresos de la familia; las situaciones de discapacidad física, psíquica o sensorial, y la existencia de personas mayores a cargo.
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eli/es-ct/l/2003/07/04/18#art-18