Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 6
6 / 177En vigor desde 18 jul 2002
Una cooperativa queda constituida y tiene personalidad jurídica desde el momento de la inscripción en el Registro de Cooperativas de la escritura pública que contiene el acta de la asamblea constituyente y sus estatutos sociales.
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Proeli/es-ct/l/2002/07/05/18#art-6