Capítulo CAPÍTULO VII›Secc. Sección 3ª. Disposiciones comunes al régimen sancionador en materia de gestión de las deyecciones ganaderas y otros fertilizantes y del personal técnico habilitado redactor de planes de gestión de deyecciones ganaderas
Art. Disposición adicional séptima
37 / 39En vigor desde 10 ene 2002
El Gobierno ha de elaborar un plan de actuaciones de nuevos regadíos para el período 2002-2008 y lo ha de presentar al Parlamento antes del 30 de junio de 2002.
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Proeli/es-ct/l/2001/12/31/18#disposicion-adicional-septima