Art. 13
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 13

13 / 39
En vigor desde 10 ene 2002
Los objetivos de la Administración de la Generalidad en el ámbito de la innovación, la transferencia de tecnología agroalimentaria y la formación agraria son los siguientes: a) Incrementar la investigación y la innovación tecnológicas en materia agroalimentaria, facilitar la transferencia rápida y eficaz de los adelantos científicos y valorar los adelantos tecnológicos propios de cada empresa agroalimentaria. b) Gestionar la transferencia tecnológica, tanto la pública como la privada concertada, en los distintos aspectos que la definen: orientación, ejecución y financiación. c) Hacer participar, por medio de sus representantes, los sectores agrario y agroalimentario en el diseño de los programas públicos de investigación y desarrollo. d) Mejorar la cualificación de los profesionales del sector agrario mediante programas de formación que incorporen las disciplinas que les permitan una correcta adaptación a la realidad del sector.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2001/12/31/18#art-13