Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3ª. Producción forestal
Art. 12
12 / 39En vigor desde 10 ene 2002
Con la finalidad de lograr los objetivos establecidos por el artículo 11, las líneas de actuación fundamentales de la política forestal son los siguientes:
a) Considerar cada finca forestal, que deviene la unidad de gestión forestal.
b) Fomentar la planificación y la gestión forestal, tanto en las fincas de titularidad pública como en las de titularidad privada.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2001/12/31/18#art-12