Art. Disposición adicional quinta
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 24 nov 2001
El Gobierno de Aragón impulsará el proceso de transferencias en el contexto de las comisiones mixtas creadas al efecto, a fin de que la Comarca de Campo de Borja pueda asumir la gestión del Plan Provincial de obras y servicios de la Diputación Provincial de Zaragoza en su ámbito territorial y en la cuantía económica porcentual correspondiente.
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