Art. 10
11 / 18En vigor desde 24 nov 1990
El Patrimonio y la financiación del Centro están constituidos por:
a) Los bienes y valores que le sean adscritos para el cumplimiento de sus fines y los productos y rentas de éstos.
b) Las transferencias y subvenciones que se consignen en los presupuestos de la Generalidad de Cataluña, o en los de otras Administraciones Públicas.
c) Los ingresos de derecho público o privado que le correspondan, y en particular las tasas y los precios públicos que pueda recaudar por la prestación de servicios o la realización de actividades de su competencia.
d) Los ingresos generados por la venta de sus publicaciones.
e) Las donaciones, subvenciones y otras aportaciones que otorguen a su favor las Entidades públicas o privadas.
f) Las contraprestaciones derivadas de los convenios.
g) Los otros bienes que le sean atribuidos.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/1990/11/15/18#art-10