Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 24 nov 1990
1. Se crea el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada, como Organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Departamento de Justicia. 2. Para cumplir sus finalidades, el Centro tiene personalidad jurídica propia, autonomía administrativa y financiera y plena capacidad de obrar en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con la presente Ley y con la legislación que le sea aplicable. 3. El Centro dispone de los recursos suficientes para el cumplimiento de sus finalidades. A dichos efectos, tiene presupuesto propio, sin perjuicio de lo establecido por la Ley 10/1982, de Finanzas Públicas de Cataluña.
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eli/es-ct/l/1990/11/15/18#art-1