Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Órganos de gobierno de los centros privados no concertados
Art. 52
52 / 112En vigor desde 4 feb 2024
El claustro del profesorado de los centros privados no concertados, además de las funciones que le atribuyan las normas de organización y funcionamiento del centro, tiene expresamente asignadas funciones de coordinación docente y de tutoría.
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Proeli/es-pv/l/2023/12/21/17#art-52