Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición transitoria primera
56 / 63En vigor desde 20 dic 2018
Hasta la aprobación del nuevo decreto que establezca la composición y funcionamiento del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo, permanecerá vigente la regulación contenida en el Decreto 316/2003, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la composición y funcionamiento del Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo.
El Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo en su composición actual asumirá las funciones previstas en la nueva ley, prorrogando la permanencia de sus miembros hasta la aprobación del nuevo decreto que establezca su composición y funcionamiento.
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Proeli/es-ar/l/2018/12/04/17#disposicion-transitoria-primera