Art. 45
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 45

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En vigor desde 20 dic 2018
El Gobierno de Aragón promoverá una adecuada relación y coordinación del Sistema Aragonés de I+D+i con los sistemas nacionales e internacionales. Con este fin llevará a cabo las siguientes actuaciones: a) Coordinará la programación de las actividades de I+D+i a desarrollar en la Comunidad Autónoma con la que realice el Gobierno de España, otros países y la Unión Europea en esta materia. b) Potenciará la creación de alianzas estratégicas de los agentes del Sistema Aragonés de I+D+i con otras estructuras organizativas de ámbito nacional e internacional y, especialmente, en proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación que permitan un mejor aprovechamiento de medios, recursos y resultados científicos, y generen conocimiento compartido. c) Potenciará, de manera particular, alianzas estratégicas con otras Comunidades Autónomas.
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