Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Financiación de la I+D+i
Art. 36
36 / 63En vigor desde 20 dic 2018
1. Se constituye el Fondo Aragonés de I+D+i como el conjunto de recursos económicos destinados a la I+D+i que se incluyan en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón en cada ejercicio. Dicho Fondo se recogerá como anexo específico en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para cada año.
2. Con el objetivo de que la Comunidad Autónoma de Aragón esté en la media europea en I+D+i, se aumentará anualmente el esfuerzo inversor del Gobierno de Aragón en la misma medida en que lo haga la Unión Europea.
3. El Fondo Aragonés de I+D+i incorporará una partida específica para dotar de estabilidad financiera a la estructura estable del Sistema Aragonés de I+D+i, así como a los programas de investigación de excelencia del Gobierno de Aragón.
4. Serán impulsados por el Gobierno de Aragón y constituirán fuente de financiación pública aquellos acuerdos, convenios o protocolos de colaboración para la cofinanciación de los programas de investigación, desarrollo e innovación a través de fondos procedentes del Gobierno de España y de la Unión Europea.
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Proeli/es-ar/l/2018/12/04/17#art-36