Art. 35
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Financiación de la I+D+i

Art. 35

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En vigor desde 20 dic 2018
Con carácter general, las actuaciones en I+D+i, incluyendo las previstas en los Planes Autonómicos de I+D+i, se financiarán con cargo a: a) Fondos públicos: Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, los programas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica, del Plan Estatal de Innovación y del resto de programas estatales, así como de los correspondientes de la Unión Europea. b) Fondos privados: aportación o inversión de las empresas y sus agrupaciones y redes a proyectos estratégicos compartidos en I+D+i, así como otras aportaciones de carácter privado que puedan realizarse.
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eli/es-ar/l/2018/12/04/17#art-35