Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Empleados públicos al servicio del sistema aragonés de I+D+i
Art. 24
24 / 63En vigor desde 20 dic 2018
1. El Marco Europeo para las Categorías de Investigación tiene como objetivo coadyuvar a la comunidad investigadora, universidades, institutos de investigación o empresas, financiadores y autoridades públicas, a unificar procedimientos de forma adecuada a sus propios contextos nacionales e institucionales en relación con la clasificación y categorización de los investigadores europeos.
2. El Gobierno de Aragón a través del departamento competente en I+D+i impulsará el consenso necesario para la adopción de criterios comunes de valoración de las categorías, etapas, habilidades y competencias en los diversos agentes del sistema público aragonés de I+D+i.
3. No se entenderán como carrera profesional en los términos señalados en los artículos anteriores las iniciativas y acuerdos que se adopten en el Marco Europeo para las Categorías de Investigación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2018/12/04/17#art-24