Art. 29
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 29

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En vigor desde 31 dic 2014
Son responsables de las infracciones tipificadas por la presente ley los miembros de la Administración electoral, los interventores, los suplentes, las autoridades y el personal al servicio de las administraciones públicas y cualquier otra persona que cometa dichas infracciones.
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eli/es-ct/l/2014/12/23/17#art-29