Art. 60
Capítulo CAPÍTULO XSecc. Sección Primera. Tasas por servicios prestados por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición

Art. 60

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En vigor desde 7 jul 2011
A la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición le corresponde la gestión y recaudación de las tasas comprendidas en esta sección.
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